
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES
Artículo 69. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en sus respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, la información mínima de los temas, documentos y políticas establecidas en la ley.


OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ESPECÍFICAS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS
Artículo 70. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Estatal y de los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: